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Calculadora indemnización por despido España 2026

Calcula tu indemnización por despido según el Estatuto de los Trabajadores: objetivo (20 días/año), improcedente (33 días/año), fin de contrato temporal o procedente. Con topes legales aplicados.

2000,00 €

Si tu sueldo incluye prorrateo de pagas extras, divide entre 14 y multiplica por 12.

Indemnización + finiquito estimado

13.194,52 €

Despido improcedente (Art. 56) · España 2026

Indemnización (165 días)12.657,53 €
Vacaciones (7 días)536,99 €
Pagas extras proporcionales
Total bruto13.194,52 €

Cálculo referencial Estatuto de los Trabajadores. La indemnización por despido improcedente o objetivo está exenta de IRPF hasta el límite legal. Actualizado 2026-05-12.

Cómo se calcula tu sueldo neto en España

  1. 1. Identifica el tipo de despido

    Objetivo (causas económicas, organizativas, art. 53 ET): 20 días/año tope 12 mensualidades. Improcedente (despido sin causa válida, art. 56): 33 días/año tope 24 mensualidades. Procedente (disciplinario justificado): sin indemnización. Fin contrato temporal: 12 días/año.

  2. 2. Salario regulador (diario)

    Salario bruto anual / 365 días. Tu salario bruto anual = sueldo mensual × 14 pagas (12 mensuales + 2 extras). Si tu sueldo ya está prorrateado en 12 pagas, divide entre 12 y multiplica por 14 para obtener el bruto anual.

  3. 3. Cálculo días de indemnización

    Multiplica los años trabajados por los días que corresponden según el tipo de despido. Los meses adicionales se prorratean proporcionalmente.

  4. 4. Aplica el tope

    Si el resultado supera el tope (12 o 24 mensualidades del salario actual), se aplica el tope. Para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 aplica el cálculo mixto (45 días/año hasta esa fecha, 33 desde entonces).

  5. 5. Suma el finiquito

    Al final se suman las vacaciones no disfrutadas, las pagas extras proporcionales devengadas y los salarios pendientes del mes en curso. Todo esto es el 'finiquito' propiamente dicho.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre despido objetivo e improcedente?+

Despido objetivo: el empresario alega una causa válida (económica, técnica, organizativa, productiva). Te corresponden 20 días por año con tope 12 mensualidades. Despido improcedente: o bien no se alega causa válida o un juzgado declara improcedente uno aparente. Te corresponden 33 días por año con tope 24 mensualidades.

¿La indemnización tributa en IRPF?+

Está exenta de IRPF hasta el límite legal: la indemnización obligatoria según el tipo de despido (20 días o 33 días por año con sus topes). El exceso sobre ese mínimo legal sí tributa como rendimiento del trabajo.

¿Qué pasa si firmé el contrato antes del 12-feb-2012?+

Aplica el régimen transitorio: los años trabajados hasta el 11-feb-2012 se indemnizan a 45 días/año (tope 42 mensualidades), y los años desde el 12-feb-2012 a 33 días/año. Esta calculadora no aplica el régimen mixto — para contratos antiguos consulta a un asesor.

¿Y los contratos temporales?+

Al finalizar un contrato temporal por agotamiento del plazo o de la obra, corresponden 12 días por año trabajado (Art. 49.1.c ET). Si el contrato temporal se declara fraudulento, puede convertirse en indefinido con indemnización del 33 días por año.

¿Cómo se cuenta una antigüedad en años y meses?+

Los días por año se prorratean. Por ejemplo, 5 años y 6 meses con despido improcedente: 33 × 5.5 = 181.5 días de salario. Si la cifra es decimal, se redondea al alza.

¿Cuándo me deben pagar?+

El empresario debe pagar la indemnización al notificar el despido objetivo (Art. 53.1.b ET) o tras una resolución judicial de improcedencia. El finiquito (vacaciones, pagas extras) se paga el día de la extinción del contrato.

¿De dónde vienen los datos?+

Del Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores), específicamente arts. 49, 51, 52, 53 y 56. La calculadora oficial del CGPJ usa los mismos criterios para el salario diario.

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Fuentes oficiales

Datos actualizados al 2026-05-12. Calculadora referencial: los valores definitivos los calcula tu empleador con los datos de tu contrato específico.